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¿QUE ES EL PLAN DE IGUALDAD?
En el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva entre mujeres y hombres, se establece que las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres. Además, en un corto espacio de tiempo, el incumplimiento de esta ley puede llegar a ser motivo de sanción.
Es por ello que ITC2 ha decidido poner en marcha un Plan de Igualdad en la Empresa, compuesto por un conjunto de medidas y acciones orientadas a conseguir los objetivos propuestos por la citada ley. |
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MEDIDAS Y ACCIONES
Después de realizar un diagnóstico de la empresa en materia de igualdad, se ha creado un Plan de Acción, compuesto por las siguientes medidas.
Aprobación e inserción en la intranet de la empresa del protocolo de “Prevención y abordaje ante una situación de acoso sexual o por razón de sexo”. Además, este protocolo ayudará a percibir la vida laboral exenta de actitudes sexistas, a tratar a los demás y ser tratados con respeto y dignidad.
Selección de personal teniendo en cuenta la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Esta medida permitirá conseguir la paridad en materia de acceso, clasificación profesional, promoción y retribución entre mujeres y hombres dentro de la empresa.
Creación de una Comisión para la Igualdad, cuya misión consiste en el seguimiento de la ejecución de las acciones, así como la existencia de la figura “Agente para la Igualdad” que impulsará y velará su cumplimiento.
Campaña de Formación-Comunicación, cuyo objetivo consiste en informar y formar a todas las personas trabajadoras de ITC2., en la existencia y aplicación del Plan de Igualdad en la empresa.
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